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Cinturón obligatorio en ciudad para taxistas y repartidores: la DGT pone fin a las excepciones en 2026

Sergio Rodriguez Barrios · febrero 4, 2026 · 3 min de lectura

La Dirección General de Tráfico pone fin a una excepción que llevaba vigente más de tres décadas. A partir de 2026, taxistas, repartidores de mercancías y profesores de autoescuela deberán llevar el cinturón de seguridad obligatoriamente también dentro de las ciudades, una medida que hasta ahora solo era recomendable en entornos urbanos pero que no obligatoria.

¿A qué se debe este cambio?

El cambio forma parte de la reforma del Reglamento General de Circulación en la que la DGT lleva trabajando más de cuatro años. El objetivo es equiparar las normas de seguridad entre ciudad y carretera, ya que los siniestros urbanos representan una proporción creciente de los accidentes con víctimas: actualmente, el 65% de los accidentes con heridos leves o graves se produce en vías urbanas.

La norma de los cinturones en ciudad hasta ahora

El artículo 117 del Reglamento General de Circulación establece la obligatoriedad del cinturón de seguridad para todos los ocupantes del vehículo. Sin embargo, el artículo 119 contemplaba excepciones específicas que permitían circular sin él en ciudad o pueblo a determinados colectivos como los conductores de taxis cuando estuvieran de servicio, los distribuidores de mercancías que realizaran operaciones sucesivas de carga y descarga en lugares próximos, y las personas que acompañaran a un alumno durante el aprendizaje de la conducción.

El argumento histórico era que la frecuencia de paradas, los trayectos cortos y la necesidad de subir y bajar del vehículo de forma constante hacían incómodo tener que abrochar y desabrochar el cinturón repetidamente. Sin embargo, los datos de siniestralidad han demostrado que una parte significativa de los accidentes graves se produce precisamente en ciudad y a velocidades relativamente bajas.

Qué cambia en 2026

Con la nueva norma, las excepciones desaparecen y todos los conductores profesionales deberán abrocharse el cinturón siempre que circulen, sin importar el tipo de vía. Solo se mantienen algunas excepciones muy concretas y estrictamente justificadas:

  • Los conductores y pasajeros de vehículos de urgencia cuando circulen en servicio.
  • Los pasajeros de ambulancias asistenciales.
  • Los conductores que realicen maniobras de marcha atrás o estacionamiento.
  • Las personas con certificado médico de exención por razones graves o discapacidad.
  • Los menores de 1,35 metros cuando viajen en taxi por ciudad, siempre que ocupen un asiento trasero.

Multas y sanciones

No llevar el cinturón de seguridad o hacerlo de forma incorrecta se considera una infracción grave. La sanción es de 200 euros de multa (100 euros con pronto pago) y la pérdida de 4 puntos del permiso de conducir para el conductor. En el caso de los pasajeros, la sanción es económica pero sin pérdida de puntos.

La DGT recuerda que el cinturón es la medida de seguridad pasiva más eficaz ya que su correcto uso disminuye en un 77% el riesgo de fallecimiento en caso de vuelco, y un conductor sin cinturón multiplica por cinco el riesgo de muerte si sale despedido del vehículo.

Reacciones del sector

La medida ha generado debate entre los colectivos afectados. Las organizaciones del sector taxi argumentan que, al trabajar de espaldas al cliente, no llevar el cinturón puede ser clave para salir rápidamente del vehículo en situaciones de riesgo como robos. Para los repartidores, la novedad obliga a abrocharse después de cada parada, aunque los fabricantes ya comercializan hebillas rápidas que se enganchan con una mano en menos de un segundo.

La DGT insiste en que la seguridad debe prevalecer sobre la costumbre y que no existe trayecto corto ni desplazamiento seguro sin cinturón. España se alinea así con países como Francia o Alemania, donde el cinturón es obligatorio incluso en trayectos de 50 metros.

Otras novedades relacionadas

La reforma del Reglamento incluye otras medidas de seguridad vial que afectan a conductores profesionales. Los riders y repartidores que circulen en moto, bicicleta o ciclomotor deberán llevar chaleco reflectante de alta visibilidad no solo en carretera, sino también en ciudad y travesías. Además, a partir de 2027 los patinetes eléctricos tendrán que circular siempre con el alumbrado encendido, incluso de día.

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